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La movilidad previsional: análisis de las actualizaciones jubilatorias de la nueva ley - Febrero 2023

Los componentes de la fórmula, la actualización de diciembre y la comparación con la inflación.

La novena medición de la actualización jubilatoria derivada de la nueva ley de movilidad, aplicable desde marzo próximo alcanzó 17,04%.

Este dato se encuentra levemente por debajo de las expectativas de inflación para el período enero-marzo, comparable con el período alcanzado por la movilidad. La inflación estimada en el Relevamiento de Expectativas de Mercado del Banco Central (REM) del período mencionado (enero a marzo, considerando que la mejora compensa la inflación pasada) se estima en 18,1% en el trimestre.

El anuncio incluyó un bono para marzo, abril y mayo de $15.000 para los que cobran una jubilación mínima que irá decreciendo progresivamente hasta $5.000 para jubilados de hasta dos jubilaciones mínimas. Esto lleva la jubilación mínima a $73.665 y mejora el ingreso del 65% de los y las jubilados/as.


Las actualizaciones de la nueva ley y la comparación con la inflación

Como se observa en el cuadro a continuación, al realizar la comparación la inflación del período de donde se aplica la actualización durante 2021 se observa que la primera actualización significó un incremento de 8,07%, mientras que la inflación alcanzó 12,92%, pero desde la segunda en adelante, el resultado se invierte:  12,12% vs 10,98%, 12,39% vs 9,27% y 12,11% vs 10,12%.

Es decir, tres de las primeras cuatro actualizaciones jubilatorias de 2021, resultantes de la fórmula votada a finales de 2020, lograron superar la inflación (junio, septiembre y diciembre 2021).

Vale recordar que, para compensar el desfasaje de la primera actualización de movilidad, el Gobierno incluyó dos bonos de $1.500 pagaderos en abril y mayo de 2021 para jubilaciones de hasta $30.856. Para compensar el segundo trimestre (para ser preciso, el efecto de la primera actualización sobre el segundo trimestre), se pagó un bono de $5.000 en agosto. Finalmente, en diciembre de 2021, los jubilados percibieron hasta $8.000, cobrando no menos de $37.062.

La fórmula permitió mejorar el derrotero de la evolución del haber, logrando que el 2021 cierre con 52,67% de actualización contra 50,79% de inflación. Como se podrá observar en el apartado final, con la fórmula anterior la actualización hubiese sumado 49,6%.

En 2022, la primera actualización sumó 12,28%, pero la inflación superó dicho guarismo y se ubicó en 16,07%. En el segundo trimestre, y con una inflación creciente, la segunda actualización del año, (de 15,0%) no logró superar la evolución de precios del período que alcanzó 17,3%. Para compensar lo sucedido, se decidió implementar un bono de $6.000 pagadores en abril. Luego de ello, y con el objetivo de equiparar el Refuerzo de Ingresos anunciados para desocupados/as, trabajadores/as de casas particulares, y demás, se decidió incorporar un segundo monto, pagaderos en mayo, de $12.000. La tercera actualización alcanzó 15,53% y la inflación alcanzó 22,0%. Para compensar la situación, se impulsó un bono de $7.000 mensuales (que irá decreciendo progresivamente hasta $4.000 que cobrarán quienes tienen ingresos de hasta dos haberes mínimos)para el período septiembre a noviembre. En diciembre el guarismo de actualización sumó 15,6% y quedó por debajo de la inflación, que sumó 17,2%. Por esta razón, en diciembre, enero y febrero se implementó un bono de $ 10.000 mensual.

Finalmente, en la primera medición del año, el valor alcanzó 17,04%, levemente por debajo de la estimación de inflación (proyectadas en 5,6%, 5,5% y 6,0% respectivamente). Por dicha razón, esta movilidad fue acompañada de un bono de $15.000 mensual decreciente hasta $5.000 en marzo, abril y mayo para aquellos que cobren menos de dos jubilaciones mínimas.

La modificación de la fórmula, que incluyó el valor mayor entre la variación de RIPTE o el dato salarial de INDEC, permitió mejorar el indicador en marzo 2021, diciembre 2022, marzo 2022, septiembre de 2022, diciembre 2022 y marzo 2023.


Evolución real de la jubilación mínima

Si se considera la jubilación mínima desde principios de 2019 en adelante, se observa que la curva se mantiene relativamente estable, con los saltos relacionados con el impacto de los bonos respectivos. Es decir, no se recuperan aún los valores perdidos durante los 4 años de gestión de Cambiemos, pero la jubilación mínima no pierde mayormente contra la inflación.

Se han escuchado voces críticas respecto a la dinámica de pago de refuerzos como mecanismo de compensación. La crítica reside en que se cobra por única vez, sin tener efecto entonces en los sucesivos aumentos posteriores. Sin embargo, la dinámica que mostraron, al menos hasta ahora, los bonos otorgados por el Gobierno actual han actuado como los adelantos no remunerativos en paritarias gremiales: esto es, se sostienen hasta tanto la actualización posterior (en este caso la movilidad) logre compensar la porción por la que la inflación superó la movilidad del trimestre anterior. Dicho de otro modo, cuando la nueva movilidad logra recuperar lo perdido por las actualizaciones anteriores, es donde se interrumpe el bono. Dicho esto, vale mencionar que el monto de $18.000, el de $7.000 para el periodo julio-septiembre, el bono de $10.000 para diciembre-febrero y el anunciado recientemente de $15.000 para marzo, abril y mayo, más que compensa, en la jubilación mínima (y de dos de cada tres jubilaciones totales), el diferencial de actualización de la movilidad y la evolución de la inflación. Vale mencionar que la evolución actual de la movilidad implica que la actualización futura (junio) le gane a la inflación para producir el efecto mencionado anteriormente.


Actualización con movilidad anterior

Si se compara los índices de movilidad con la fórmula anterior y los resultantes de la aplicación de la ley actual, se observa, en la evolución acumulada, un evidente mejor desempeño de la norma actual.

La actualización jubilatoria para marzo, en caso de haberse mantenido la fórmula votada a finales de 2017 (70% inflación y 30% salarios) hubiese sumado 20,9%, es decir, un valor superior a la movilidad actual. Pero si se compara la aplicación desde el origen hasta hoy, en el caso de la fórmula Cambiemos hubiese sumado 189,8% para el período 2021/2022 y primera movilidad 2023, mientras que, con la nueva fórmula, el valor asciende a 208,1%.

Para comparar las dos fórmulas jubilatorias (Ley 2017 y actual) se presenta el cuadro a continuación. Con la nueva ley, la jubilación mínima, con la actualización de marzo, alcanza a $58.665. Con la anterior ley, promovida por Cambiemos, la movilidad hubiese sumado $55.133, es decir, $3.533 menos. Asimismo, la jubilación media alcanzará, con la nueva ley, aproximadamente $90.525 en marzo de 2022 y hubiese sumado $81.803 con la anterior, es decir, una diferencia de $8.722.

En la serie acumulada de diferencias desde inicio de 2021 (aplicación de la nueva ley) a la fecha, los jubilados hubieses recibido con la antigua ley $64.228 menos en el caso de la jubilación mínima y $115.539 en el caso de la jubilación media.

Registro bibliográfico

Informe CEPA N° 264, ISSN 2796-7166.


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