La reducción de aportes patronales y el camino hacia el “blanqueo laboral”
Este informe fue publicado con el título "Otro blanqueo a la medida de las empresas" en la edición del Cohete a la Luna del 15 de febrero de 2018, link: https://www.
En un marco de sostenida resistencia frente a las reformas propuestas por el gobierno en materia previsional, tributaria y laboral, se desarrolló una estrategia de fragmentación y partición de las problemáticas, con el objetivo de facilitar su aprobación dificultando la cabal visualización de sus impactos e interacciones. Uno de los puntos centrales del proyecto original de reforma laboral fue la iniciativa de “regularización del empleo no registrado”, llamada coloquialmente “blanqueo laboral”, que declaraba como objetivo combatir uno de los fenómenos más preocupantes del mercado de trabajo, a partir de una combinación de medidas que incluía la reducción de aportes patronales y el aliento al trabajo registrado.
Trabajo no registrado
El trabajo no registrado es un problema serio porque promueve la desigualdad salarial y de derechos en la clase trabajadora, y porque implica una pérdida de aportes y contribuciones al estado. Al mismo tiempo reduce los derechos laborales conquistados y el impacto de las normativas, fiscalizaciones y controles. Este fenómeno se profundizó en los últimos años de la Convertibilidad hasta alcanzar niveles en torno al 42% de los asalariados, y trepó hasta más de un 49% luego de la crisis de 2001. Entre 2003 y 2015, en un contexto de creación de casi cinco millones de puestos de trabajo, se redujeron al mismo tiempo la desocupación y el trabajo no registrado, el cual sin embargo se mantuvo en niveles que no lograron bajar de un tercio de los asalariados desde 2011 en adelante. Al primer semestre de 2017 la cantidad de asalariados no registrados asciende a 33,5%.
En términos de la pérdida de derechos de los trabajadores, con datos recientes se observa una importante brecha entre formales e informales en lo que refiere a ingresos percibidos y declarados en la Encuesta Permanente de Hogares. Entre 2004 y 2017 la brecha supera el 50%. Bajó del 57% a inicios del periodo al 53% al final de los datos disponibles. Ello evidencia que la informalidad laboral se vincula a una mayor precarización en el orden salarial.
La aprobación por ley de la reducción de aportes patronales
En su formulación original, el blanqueo venía asociado a una reducción de contribuciones patronales al sistema jubilatorio, sección luego extraída del paquete de reforma laboral para incluirlo en la reforma tributaria, la cual fue aprobada por el Congreso el 27 de diciembre de 2017. Si bien el proyecto proponía la reducción progresiva de las alícuotas de la actividad de servicios (hoy en 21%) y el incremento progresivo del resto de las actividades (hoy en 17%), convergiendo el conjunto de actividades en 19,5%, el punto central del recorte aprobado a fines del año pasado reside en la aplicación de una porción del salario sin contribuciones. Se estableció un mínimo no imponible de $12.000 por trabajador por mes desde 2019 con una aplicación progresiva. En 2018 se aplica el 20% del Mínimo No Imponible determinado, el 40% en 2019, el 60% en 2020, el 80% en 2021, para llegar a la aplicación plena en 2022.
En un ejemplo concreto, si el salario de bolsillo de un trabajador es de $10.000, previo a la reforma la contribución patronal al sistema jubilatorio debería ascender a $1.564 hacia ANSES, considerando que el porcentaje es de 15,6% sobre el salario bruto. Con la introducción del mínimo no imponible, el empresario ya no aportaría sobre los $10.000 sino sobre $7.600, por lo que la contribución patronal jubilatoria se reduciría a 1.188,64.
En términos recaudatorios, las contribuciones representaron aproximadamente $424.351 millones en 2017 y alcanzarían los $490.974 millones este año. Con estos números, la aplicación del mínimo no imponible sobre un total de 6.529.891 asalariados afectaría la recaudación negativamente en $30.969 millones de pesos sólo para el año 2018. Es decir que la reforma tributaria supuso ya la concesión de 30.000 millones de pesos desde el Estado Nacional hacia los empresarios en un año.
Dado que incluye una merma progresiva de contribuciones, el ejercicio que sigue muestra el impacto futuro de dicha reforma hasta el año 2022, manteniendo la cantidad de trabajadores. De acuerdo a una estimación realizada por CEPA en base al presupuesto, en un escenario conservador (con inflación prevista en el presupuesto 2018) la reducción alcanzaría en 2022 los $217.621 millones, es decir, el 34,4% de las contribuciones patronales.
El blanqueo laboral pendiente
Este primer cambio regresivo deja pendiente el segundo núcleo de reformas propuestas, incluidas en la reforma laboral de trámite parlamentario pendiente. El blanqueo laboral se presenta como solución al problema acuciante del trabajo no registrado, cuestión que preocupaba ya al anterior gobierno. De hecho, como respuesta a una estabilización de los niveles del trabajo no registrado en torno a un tercio de los asalariados, en 2014 se sancionó la ley 26.940 de Promoción del Trabajo Registrado y Prevención del Fraude Laboral que impulsó la creación de un denominado Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL) que comprende empleo no registrado, trabajo esclavo y trabajo infantil. El diagnóstico en que se basó la ley identificaba dificultades materiales de las pequeñas y medianas empresas y de empleadores unipersonales, que tenían serias limitaciones económicas para hacer frente a las cargas laborales. Para ellos, se favorecía el registro con distintos tipos de subsidio estatal. Pero en el universo de grandes empresas, tanto por su tamaño como por su facturación, el no registro se consideraba resultado de una deliberada evasión fiscal. Esa ley beneficiaba sólo a las empresas pymes estableciendo segmentaciones según cantidad de ocupados: hasta 5, 15 y 80 empleados y sujeta a niveles de facturación anual. Y conjuntamente con ello, contemplaba medidas de fortalecimiento en la fiscalización, capacidad de inspección del Estado nacional y la creación de un registro donde se incluyera a las empresas que violaran la legislación laboral (el REPSAL). Ser incluido en el REPSAL impedía el acceso a todo programa impulsado por el estado nacional, a líneas de crédito otorgadas por instituciones públicas, a celebrar contratos de compraventa con el estado nacional y a participar en licitaciones públicas. Aunque el gobierno de Macri consideró en los fundamentos del proyecto de reforma que esta ley no tuvo resultados positivos dado que no redujo el nivel de trabajo no registrado existente, su escaso tiempo de implementación efectiva antes del cambio de gobierno en 2015 dificulta evaluar sus efectos. En cambio, el actual gobierno ofrece la reducción horizontal e indiscriminada de cargas patronales., basada en transferencias a los empresarios en el conjunto de la economía.
Los puntos contenidos en el texto original de la reforma laboral implican lo siguiente:
- Los trabajadores podrán computar únicamente hasta 60 meses de lo blanqueado en base al Salario Mínimo Vital y Móvil como aportes a su jubilación, no importa cuál haya sido el plazo original de su contratación. Esto significa que, si un trabajador estuvo 10 años no registrado, al empleador se le condona la deuda por cualquier concepto (contribuciones, multas) y, en paralelo, al trabajador se le permite computar sus aportes (por ejemplo, si el empleador se los retuvo) sólo con base al mínimo ($9.500 en enero de 2018) y contabilizando 5 años hacia atrás (equivalentes a 60 meses).
- A los empleadores se les extinguirán sus multas, infracciones u otros incumplimientos en relación al registro en el empleo (muy similar al blanqueo de bienes, donde AFIP introducía la posibilidad del “tapón fiscal”).
- La empresa que blanquee con esta ley se beneficia dándose de baja del REPSAL (sólo en lo referido a deuda por seguridad social).
- Se establece una condonación de la deuda por no pago de aportes y contribuciones al sistema (capital e intereses y punitorios) en lo referido al SIPA, Fondo de Empleo, Asignaciones Familiares, Renatre.
- Se condona el 100% si lo hacen en los primeros 6 meses o se condona el 70% si blanquean en los segundos 6 meses.
Este proyecto resulta sumamente indulgente y beneficioso para quien incumplió con las normas de registración, emulando lo que puede ser una moratoria fiscal, con el agravante de tratar del mismo modo el incumplimiento de las cuestiones laborales que las cuestiones tributarias. El objetivo de esta política es aumentar los márgenes de ganancia de las empresas, sosteniendo que ello llevaría a promover el trabajo registrado. Sin embargo, la reducción de aportes patronales aplicada en 1994 por Cavallo, o también denominada “devaluación fiscal” que pretendió compensar los efectos económicos perversos de la rigidez cambiaria, no significó mayor contratación de mano de obra sino que acrecentó las ganancias del sector empresario, promoviendo la concentración, al tiempo que desfinanció al Estado.
En un marco en que el empleo no registrado tiene impactos regresivos en las condiciones laborales y salariales de la clase trabajadora, engendrando división en los colectivos laborales y debilitando las organizaciones sindicales, además de producir un efecto fiscal negativo en los recursos de la seguridad social dada la insuficiencia de aportes y contribuciones que hagan sustentable un sistema solidario, la política oficial volverá a profundizar la crisis del sistema previsional a través de la resignación de una porción creciente de las contribuciones patronales y vulnerará derechos laborales básicos como el reconocimiento de los plazos completos trabajados.
Anexo metodológico
- Sobre la estimación de contribuciones y aportes no percibidos por empleo no registrado: ascienden a $75.903 millones en 2018. La base del cálculo refiere al total de trabajadores asalariados de la EPH proyectados al universo de la población, y de ese universo de asalariados, se tomaron en cuenta exclusivamente aquellos que realizan tareas en unidades productivas con y sin empleo formal (se dejó afuera a patrones y cuentapropistas y asalariados en hogares). La estimación asciende a un universo de 2.231.156 trabajadores. La estimación salarial para esos trabajadores se basó en el SMVM de 2018 ($9.500 primer semestre, a regir desde enero y $10.000 al segundo semestre, desde junio, con aguinaldo incluido en cada caso).
- Sobre la estimación de reducción de contribuciones patronales con introducción de Mínimo no Imponible ($30.969 millones de pesos a 2018 y $217.621.434 a 2022). Se realizó en base a estructura de salarios del Boletín Estadístico Seguridad Social (BESS-AFIP) con los últimos datos disponibles al primer trimestre 2017, que fueron actualizados a enero de 2018, en base a la variación salarial del sector privado del periodo septiembre 2016 a septiembre 2017. La cantidad de trabajadores del BESS-AFIP se ajustó a la cantidad estimada en MTEySS-SIPA proporcionalmente. Asimismo, para esta estimación se segmentó por salario, dado que quienes no superan los $2.520,60 no pagan las contribuciones.
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